Una situación obligatoria en la que se encuentran los contribuyentes es declarar impuestos anualmente durante este mes. No obstante, existen alguna opciones a las que estos pueden acceder para rebajar su renta bruta imponible o bien contar con una devolución tributaria. Pero también en algunos años como este, se suman nuevas obligaciones.

Con la llegada de abril se dio inicio oficial al proceso en que los contribuyentes deben declarar los ingresos obtenidos durante
el año anterior y pagar los impuestos correspondientes a dichas rentas, instancia llamada Operación Renta. Si bien este
trámite se realiza todos los años, existen algunos beneficios tributarios para las personas que se mantienen y que permiten
recibir una devolución o rebaja del total de impuestos a pagar, pero también otras novedades que se suman en esta edición,
las cuales van desde nuevas retenciones, sumas en el pago de préstamos solidarios, hasta nuevos gravámenes, por ejemplo,
por ventas de acciones.
Rodrigo Benítez, managing partner de BLTA–SW Chile, explica que una de las que debuta este año es la aplicación del
procedimiento de retención a las devoluciones de impuestos a los deudores de pensiones alimenticias, la que podrá ser
parcial o total dependiendo de la deuda existente. ‘Para este cometido se utilizará el Registro Nacional de Deudores de
Pensión de Alimentos. Esto es fundamental pues los deudores verán retenidas sus devoluciones por parte de Tesorería’, dice.
Otra de las novedades tiene que ver con la puesta en marcha de la Ley N° 21.420, normativa que grava la venta de acciones
con presencia bursátil con una tasa única a la renta del 10% por el mayor valor o ganancia. ‘Acá, para el cálculo se debe
determinar el costo de estas acciones y es informado por los corredores de bolsa, agentes de valores y otras entidades
intermediadoras mediante la Declaración Jurada 1891 u otra según corresponda. Esto afecta a las ventas de este tipo de
acciones que se hayan efectuado entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre del 2022 y que también pudieron haber
estado sujetas a retención’, detalla Ángelo González, acting partner de BLTA-SW Chile.
Por otra parte, a partir de la Operación Renta 2023, el Servicio de Impuestos Internos (SII) cuenta con nuevas herramientas
de fiscalización –con información proveniente de bancos e instituciones financieras– para validar las declaraciones de
impuestos, donde estas instituciones deberán obligatoriamente informar los saldos por un monto superior a las UF 1.500
(unos $52 millones).
Deben declarar ganancias influencers y por juegos de azar
Con el surgimiento de las nuevas tecnologías, el SII puso su foco en los influencers y creadores de contenido, quienes
deberán declarar las ganancias percibidas por sus funciones mediante el rellenado de su declaración de renta dependiendo
de las actividades que desarrollan.
Natalia Núñez, directora de Tax en PwC Chile, comenta que hay una serie de intercambios comerciales que son difíciles de
detectar, como es el tema de los ‘canjes’, que conceptualmente son ingresos tributables, pero a veces no constan en una
boleta o en una factura. Lo mismo ocurre con ciertas plataformas que permiten recibir dinero en el extranjero, pero que no
están obligados a informar en Chile estos pagos ni la causa de ellos (que puede ser el pago de un servicio, una donación, un
premio de juego de azar, etc.).
‘Conceptualmente, el receptor de estos fondos debería emitir el documento tributario que le corresponda y declarar tales
ingresos (e IVA si correspondiere). Sin embargo, en los hechos, son situaciones de difícil fiscalización. De esta forma, el SII ha
anunciado diversos planes preventivos y correctivos para este segmento de contribuyentes’, señala Núñez.
Respecto a los juegos de azar, en una reciente resolución el SII declaró que estos constituyen una actividad económica ilícita,
que solo excepcionalmente, en virtud de una ley creada al efecto, es autorizada para ser desarrollada y explotada
comercialmente, por ejemplo, por casinos autorizados.
‘Se resolvió excluir del régimen de tributación simplificada a los contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile cuando el
SII detecte que los servicios que presten (incluyan o intermedian) sean ilícitos, dejándolos en imposibilidad de cumplir con sus
obligaciones tributarias. No obstante, el beneficiario chileno que reciba premios tendría que declararlos voluntariamente’,
agrega la ejecutiva.
Préstamos solidarios pueden llegar al 40%
De los pagos o impuestos adicionales que se suman este año, el reintegro del préstamo solidario 2020 –para quienes lo
solicitaron–, sumado al mismo de 2021, es el único que no se puede deducir, debiendo ser cancelado a través del sitio web
del SII al momento de realizar la declaración de renta, y que para este año la suma de ambos se alza al 40% del monto final.
César Gacitúa, socio de Tax & Legal en Deloitte, comenta que aquellos que aún tengan deuda por el préstamo tasa cero,
otorgado en 2020 a raíz de la pandemia, deberán completar una parte del reverso del Formulario 22, específicamente el
recuadro 24, con el fin de determinar si la cuota anual equivalente al 30% del préstamo obtenido reajustado es mayor o
menor que los reintegros enterados mensualmente mediante el sueldo o en la boletas de honorarios (trabajadores
independientes), donde los montos no podrán ser superiores al 5% de los ingresos declarados.
En el caso de que las retenciones realizadas durante 2022, ya sea por el empleador o el 3% adicional de las boletas de
honorarios, superen el monto de la o las cuotas por pagar, el excedente se devolverá íntegramente o se puede optar por
abonarlo al saldo pendiente.
Rebaja en créditos hipotecarios y gastos en educación
En paralelo a los reintegros y pagos por operaciones que se añaden en este período, existen algunos beneficios para los
contribuyentes que se mantienen y que permiten recibir una devolución o rebaja del total de impuestos.
Mauricio Pérez Wilson, socio adjunto de Impuestos de EY Concepción, comenta que un beneficio que no ha sido muy utilizado
por los trabajadores es la opción de reliquidar su renta en forma anual, y que es mayormente interesante para aquellas
personas que han recibido sueldo solo en algunos meses del año o que han sufrido variaciones en su renta mensual.
‘Por ejemplo, una persona que comenzó a trabajar en septiembre de 2022 con un sueldo gravable de $2 millones, y por el
cual paga $60 mil de impuesto mensual, cuando aplica la tabla anual de impuesto se dará cuenta de que su renta anualizada
($8 millones) se encontrará en el tramo exento, por lo que podrá solicitar la devolución de todo el impuesto pagado durante
el año ($60 mil x 4)’, explica Wilson.
El crédito por gastos en educación es otro beneficio. Acá se establece que por cada hijo menor de 25 años al finalizar 2022,
que se encuentre matriculado en una institución de educación media o menor y que cuente con un mínimo de asistencia del
85%, podrá acceder a una rebaja de impuestos en la declaración de renta que asciende a la suma de 4,4 UF por hijo, siendo
solo aplicable cuando los ingresos conjuntos de ambos padres no superen las 792 UF y pudiendo ser repartidos en ambas
partes.
Dentro del segmento inmobiliario, uno de los beneficios más utilizados es la rebaja de intereses por dividendos, descuento
que se traduce en un menor porcentaje de intereses. El monto máximo de rebaja son 8 UTA, dependiendo del tramo en que
se encuentra el beneficiario: Entre 0 y 90 UTA de renta bruta, la rebaja será de un 100%; entre 90 y 150 UTA será un
proporcional que disminuye a medida que la renta es mayor, y quienes superen el rango de 150 UTA de renta no tendrán
derecho a rebaja.
En cuanto a la venta de inmuebles, las personas que hayan realizado transacciones de bienes raíces situados en Chile
pueden descontar en forma permanente –hasta un monto de 8.000 UF– la rentabilidad obtenida por este tipo de operaciones.
Una vez ya agotado este monto de rentabilidad, los siguientes beneficios se gravarán con impuesto global complementario
en forma normal, o bien pagar un impuesto único y sustitutivo de tasa 10%.
Por su parte, las inmuebles que poseen menos de 140 m2 útiles califican como DFL 2, tipo de vivienda económica de
personas naturales que cuentan con un beneficio que permite deducir de la base imponible anual los dividendos o aporte
enterados a las instituciones, empresas o personas que hayan intervenido en el financiamiento de tales inmuebles. De esta
forma, las rentas de arriendo de viviendas DFL 2 no suman al Global Complementario, estando libres de impuestos y
pudiendo cubrir hasta 2 viviendas.
No obstante, esta garantía rige solo para inmuebles de uso habitacional y puede ser revocada en caso de que se amplíe el
metraje cuadrado habitable de la propiedad superando los 140 m2, por ejemplo, en caso de que se realicen cierres en
balcones, ampliaciones, segundos pisos, etc.
10% es la tasa única que comenzará a regir este año como impuesto a la ganancia en la venta de acciones con presencia
bursátil, afectando a las transacciones efectuadas entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2022.
5% de los ingresos declarados es el monto tope que deberá ser reintegrado como pago correspondiente a los préstamos
solidarios otorgados en 2020 a raíz de la pandemia.
Adelanto en los pagos de devolución podría atrasarse
Según detallan los expertos tributarios, 2023 será el primer año en donde la devolución de impuestos –a quienes les
corresponda– será realizada en abril para aquellos que declaren antes del día 8 del mismo mes.
César Gacitúa, socio de Tax& Legal en Deloitte, comenta que esto ha generado un mayor interés por parte de las personas en
presentar su declaración respecto de años anteriores, como también la frustración de algunos que no han podido declarar
debido a que sus agentes retenedores no han enviado la información al SII, pudiendo entorpecer este adelanto en los pagos.
‘Este anticipo en presentar la declaración de impuestos podría implicar que algunas de estas resulten observadas, ya que
muchos agentes retenedores deben rectificar la información primitiva enviada al SII con posterioridad al 8 de abril’, señala
Gacitúa, imposibilitando así que se concrete la fecha prevista para la primera devolución de impuestos.